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Comunicado sobre Suspensión del Decreto 572 de 2025 – Retención en la Fuente

Decreto 572 suspendido: conozca las nuevas tarifas de retención en la fuente vigentes desde el 8 de mayo de 2026.

¿Qué pasó?

El Consejo de Estado suspendió provisionalmente los artículos 2 al 8 del Decreto 572 de 2025, que habían modificado las bases y tarifas de retención en la fuente y autorretenciones. Esto significa que, a partir del 8 de mayo de 2026, se deben aplicar nuevamente las tarifas anteriores establecidas en el Decreto 1625 de 2016.


¿Qué deben actualizar en Loggro?

Si configuraste las tarifas de retención según el Decreto 572 de 2025, es necesario revertirlas a los valores anteriores.

En Loggro ya se encuentran actualizadas las tarifas de retención en la fuente con los nuevos topes o valores mínimos.


Puntos clave a tener en cuenta

  • La suspensión no elimina la obligación de practicar retenciones en la fuente ni autorretenciones; simplemente cambian las bases y tarifas aplicables.

  • Esta medida rige hasta que el Consejo de Estado levante la medida cautelar o emita fallo definitivo.

  • Para las tarifas de autorretención en renta (Art. 8 del Decreto 572), la DIAN publicó una tabla comparativa descargable en: https://cutt.ly/gtX9MQwe


Recomendación para usuarios Loggro

Ingresen a la configuración de retenciones en la fuente dentro del software y verifiquen que las bases mínimas y tarifas correspondan a las del Decreto 1625 de 2016 vigentes antes de mayo de 2025. Ante cualquier duda sobre la parametrización, consulten con su contador o asesor tributario.